Delito intelectual en el Ecuador: ¿sabías que eres un delincuente?

publicado 29/06/2006, Última modificación 26/06/2013

Después del fiasco de España (donde pretenden criminalizar con 4 años de cárcel la utilización de software P2P), me decidí a revisar la Ley ecuatoriana de Propiedad (¿Proteccionismo?) Intelectual para ver qué joyas encontraba.

Detesto hablar de Propiedad Intelectual, siendo que todas las 'formas' de proteccionismo intelectual son dispares y merecen tratamientos y consideraciones distintas. Pero, bueno, si tengo que analizar todo un libro, refiriéndome a éste por nombre y apellido, en un artículo, lo haré.

Vean las joyas que encontré (vayan siguiendo las negrillas):

Introducción y fundamentos

Art. 19. El autor goza del derecho exclusivo de explotar su obra en cualquier forma y de obtener por ello beneficios, salvo las limitaciones establecidas en el presente Libro.

Hasta ahí, todo bien. ¿No verdad? Bueno, las cosas están por ponerse mucho, mucho peor.

Naturalmente, este artículo es tan sólo el primero de una serie -- en la cual me he limitado a exponer los artículos que personalmente considero las mayores y más crasas injusticias de la ley ecuatoriana de proteccionismo intelectual.

Continúa con el resto para que veas cómo descubrí que, en realidad, la gran mayoría de los ecuatorianos delinquimos cotidianamente, sin saberlo.